CIRCULAR INTERNA
DE: CIRCULO DE OFICIALES DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA.-
A: SEÑORES ASOCIADOS DE LA ENTIDAD.-
FECHA: 18 DE FEBRERO DE 2021.-
ASUNTO: INFORMAR MARCHA DE LA INSTITUCION.-
———————————————————————————————————-
Estimados y bien ponderados asociados, colegas y amigos:
Queremos hacerles saber que esta HONORABLE COMISION DIRECTIVA, cree necesario y conveniente informar a nuestra maza societaria que a la fecha aún perdura la vigencia sobre la implementación de las medidas sanitarias impuestas oportunamente por el gobierno nacional y provincial, las cuales son de público conocimiento y que siguen con vigor en sus restricciones para celebrar asambleas presenciales de asociados.-
De manera tal, que la puesta en práctica de las mencionadas medidas sanitarias a fin de prevenir los potenciales contagios que originó la pandemia de Covid 19 en la población, el poder ejecutivo nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nro. 297/2020 dictado con fecha 19.03.2020, suspendió todas las actividades sociales, culturales, deportivas, religiosas, recreativas, etc., como así también suspendió los plazos de nuestro mandato asambleario (2018/19), no pudiendo nuestro Círculo a la fecha convocar a Asamblea Gral. Ordinaria y Comiciaria en el plazo reglamentario establecido (2020).-
Consecuentemente, ante esta imposibilidad la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas (DGIPJ), del que resulta ser el organismo de control y fiscalización de las asociaciones civiles y fundaciones (Ley 8256), ha dictado con fecha 02.04.2020 la Resolución Gral. Nro. 25/2020 mediante la cual autoriza llevar acabo asambleas de asociados en forma remota a distancia o virtual, con la implementación de una serie de medidas tendientes a garantizar la participación de todos los asociados.-
Mediante Resolución Gral. Nro. 27 de fecha 05.05.2020procedente del mismo organismo fiscalizador, se decretó la prórroga de los plazos legales mencionados, por lo que se transcribe la parte pertinente:“ … ARTICULO 1: PRORROGAR los plazos para la celebración de Asambleas Ordinarias de asociaciones civiles y fundaciones que tengan por objeto el tratamiento de estados contables correspondientes al período 2019 así como elección de autoridades, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan de conformidad con la normativa aplicable, mientras se encuentre vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio y por un plazo adicional de igual extensión a la duración del mismo.- ARTIRUCLO 2:PROTOCOLICESE, Publíquese y Archívese.- Fdo. Ab. Not. VERONICA GABRIELA SANZ DIRECTRORA GRAL. DE INSPECCIONES DE PERSONAS JURÍDICAS – MINISTERIO DE FINANZAS …”
Nuestra Organización consiente de la necesidad de cumplir con las exigencias reglamentarias y/o estatutarias vigentes, efectuó y requirió los correspondientes presupuestos inherentes a los costos y viabilidad para convocar a asamblea de asociados en forma remota, de lo cual corroboró en primer término que, los altísimos costos operativos suministrado por los entes consultados para llevar a cabo esta acción, no resultaban económicamente posible afrontarlos por parte de nuestra organización en virtud de los altos costos que implica la tecnología ofrecida. En segundo lugar, también se consideró que no todos los asociados cuentan con los medios tecnológicos (teléfonos de alta definición) para hacerlo, situación que naturalmente invalida el acto por excluir a quienes tienen derecho de participar.-
Frente a este cuadro situacional planteado, hemos corroborado fehacientemente que un reducido grupo de socios interesados en participar en las próximas elecciones para renovación de las autoridades de nuestro Círculo, aspiraciones que nos parecen correcta y nada podemos objetar, pero resulta que insólitamente este grupo ha lanzado a través de las redes sociales una seudolista de candidatos propuestos para ocupar cargos de conducción. Debemos informar que este procedimiento no está contemplado en la normativa de la Institución, puesto que a todas luces surge irrespetuoso e ilegal ya que lo único que hace es llevar confusión e intranquilidad al asociado en general, precisamente porque desnaturaliza la condición de tal, no cumple con el proceso de presentación, tratamiento, depuración y oficialización de lista de candidatos por parte de la H.J.Electoral. La convocatoria para actos asamblearios o eleccionarios están normados en el Reglamento Electoral y en el Estatuto Social, respectivamente. Estando ésta Comisión Directiva en permanente contacto con la I.P.J. a los fines de receptar nuevas disposiciones al respecto.-
Nuestro compromiso y responsabilidad asumida desde el momento de iniciadas nuestras funciones para conducir las ,operaciones y marcha de nuestro querido Círculo, no ha decaído un ápice, por el contrario la emergencia sanitaria nos obligó a afrontar un nuevo y renovado desafío, dejando de lado todas nuestras obligaciones personales y familiares en pos de los intereses y del bien común de la organización. Los acontecimientos y dificultades acontecidas han sido demasiados, pero hemos sabido resolverlos y administrar con eficiencia cada uno de ellos manteniendo nuestras finanzas en orden y a resguardo. Seguiremos firmes en la tarea en procura de no defraudar la confianza de nuestros representados.-
Queremos agradecerles muy especialmente a todos Uds, nuestros asociados, enfatizamos la verdadera importancia que revisten para con la INSTITUCIÓN, por su valiosos aporte económico que mensualmente contribuye a sostener las delicadas finanzas del Círculo, más valiosas e indispensables resultan para cuando transitamos épocas de crisis económica por las cuales atraviesa el país, cuyo dinero administramos y cuidamos celosamente.-
Propiciamos la oportunidad para saludarles con la mayor deferencia y respeto.-
Presidente
Crio. My. (R) Francisco Antonio Garrone
Secretario
Crio. Gral. (R) Calixto Fabián Luna